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APRUEBAN REGLAMENTO DE USO PUBLICO EN EL PARQUE NACIONAL HUASCARAN
Haciendo
caso omiso de cuantos reclamos y observaciones totalmente fundadas y
justificadas, el instituto nacional de recursos naturales de Perú
(Inrena), ha puesto en marcha, desde el 19 de agosto, un cuestionado
reglamento que obliga a todo turista, incluso nacional, a tomar los
servicios de agencias y/o guías de montaña para recorrer los senderos
de trekking o realizar ascensiones en la cordillera Blanca.
La
reglamentación además incluye zonas de “caminos autorizados” , es
decir, las exploraciones y nuevas rutas en montaña han llegando a su
fin en la cordillera Blanca, ya que lamentablemente en Perú, ningún
guía de montaña local tiene la capacidad técnica de realizar rutas de
extrema dificultad, que por muchos años han atraído numerosos
alpinistas independientes, quienes tras esta normatividad, dejarán
notar su presencia en la cordillera Blanca.
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Rutas como la del Ulta el año pasado quizás no vuelvan a repetirse jamás con esta abusrda norma
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El
nuevo reglamento, ha sido publicado en el diario oficial “El Peruano” ;
y como tal , significa, en teoría, el cumplimiento de normas que, en
primer lugar, limitan el turismo independiente, incluso del mismo
montañista local, quienes desde ahora, deberán tomar los servicios de
agencias de viaje que organicen toda su expedición y deberán estar
acompañados de guías autorizados.
Como
era de esperarse, en Huaraz ninguna asociación o guías independientes
realizaron protesta alguna, caso que si ocurrió en Lima y otras
ciudades, donde la verdadera afición por el montañismo se hace sentir
desde muchos años atrás, actitud totalmente opuesta en la ciudad de
Huaraz, donde el lucro es en demasía superior a la pasión que deberían
de llevar por esta actividad. Una verdadera paradoja, pero triste
realidad en un país de montaña que permite la aprobación de este tipo
de reglamentación y sin embargo da luz verde a terribles explotaciones
mineras cerca de lugares donde se dice proteger. Las secuelas están
aflorando recientemente en diversas zonas donde estas compañías ya han
destruido zonas intangibles.
El
único reclamo de quienes se opusieron a esta norma, encabezados por la
federación de andinismo y deportes de invierno del Perú, ha sido que
los montañistas independientes o federados puedan transitar libremente
por el parque, incluso pagando el derecho de ingreso, pero que no se
les obligue a contratar servicios de agencias o guías que muchas veces
son incapaces de transmitir el sentido real del montañismo a sus
“clientes”.
Otro
pedido es que los alpinistas de alto nivel, escasos en Perú, sean
considerados deportistas y tengan libre acceso a montañas de extrema
dificultad, ya que son ellos, mediante sus notables escaladas, quienes
dan a conocer las bondades de la cordillera Blanca. La pregunta es ¿Qué
hará el guía de montaña que acompañé a una de estas expediciones?,
lógicamente se quedará en el campo base contando su dinero diario, ya
que no tendrá el suficiente nivel técnico y menos aún la pasión para
compartir una escalada de alto compromiso, actividades que por cierto,
si no se corrige a tiempo esta norma, tenderán a desaparecer.
Artículos específicos en contra del libre turismo en la cordillera Blanca:
Art. 7.1
De la prohibición de los ingresos libres para las modalidades de
turismo que impliquen riesgo para el visitante. El ingreso al PNH para
la práctica de las modalidades de turismo de aventura, escalada en
hielo/roca u otras formas de turismo que implique riesgo para el
visitante se realizará a través de prestadores de servicios turísticos
quienes se hacen responsables de la seguridad y comportamiento de
los visitantes durante su permanencia dentro del PNH la cual no podrá superar los treinta (30) días hábiles.
Art. 22. 1
a ) Todo usuario deberá: Transitar sólo por los senderos, circuitos,
sitios de visita y rutas autorizados, respetando las señalizaciones
Artículo 24º .- De los prestadores de servicios turísticos de aventura.
b)
Realizar sus actividades de caminata y escalada en los senderos,
circuitos, rutas e itinerarios establecidos en el respectivo Plan de
Uso Turístico , debiendo la expedición contar con los servicios de
unoperador de turismo y de un guía oficial autorizado Disposición
Complementaria—Sexta.- Al cierre de latemporada turística (octubre) la
Jefatura del PNH difundirá los senderos, circuitos, rutas e itinerarios
aptos para ser utilizados en la siguiente temporada turística, de
acuerdo al avance en la implementación del Plan de Uso Turístico y
Recreativo.
Es
de suma importancia que los caminantes y andinistas hagan escuchar su
voz de protesta: pueden escribir al Intendente de Areas Protegidas de
Perú, Lic. Luis Alfaro,
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, el nuevo jefe de Inrena,
Ing. Roberto Angeles Lazo,
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(con copia a
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), o al Jefe del Parque Nacional Huascarán,
Martín Salvador,
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Sergio Ramírez Carrascal
nuestramontaña.com
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